Glosario · Dinero e impuestos
Factura
El documento con el que facturas tu prestación después de un encargo y que debe contener determinados datos obligatorios para que la Administración tributaria y el cliente lo reconozcan.
Una factura es el documento con el que, como persona autónoma, facturas al cliente una prestación realizada. Da lugar al pago, acredita tus ingresos y debe contener determinados datos obligatorios para que la Administración tributaria y el cliente la reconozcan.
Los datos obligatorios
- nombre completo y dirección tuyos y del cliente
- tu número de identificación fiscal o tu número de identificación a efectos del IVA
- fecha de emisión y un número de factura correlativo, asignado una sola vez
- tipo y alcance de la prestación, por ejemplo, día de rodaje para una producción de vídeo
- fecha o periodo de la prestación
- importe neto, tipo impositivo, importe del impuesto e importe total
- en caso de exención fiscal o inversión del sujeto pasivo, una indicación correspondiente en lugar del impuesto
Si falta alguno de estos datos, el cliente no podrá deducirse el IVA soportado y exigirá una rectificación. Esto retrasa el pago, aunque nadie haya querido hacer nada incorrecto.
Nombre legal en lugar del nombre artístico
Para las intérpretes y los intérpretes hay un punto especialmente importante: en la factura debe figurar tu nombre legal. Puedes añadir un nombre artístico, pero este no sustituye ese dato. Esto no supone una ruptura de la confidencialidad, ya que la producción conoce de todos modos tu identidad por el contrato y la acreditación de edad. Lo más importante es que los datos de facturación no caigan en manos equivocadas: envíalos únicamente a la entidad que figure en el contrato como destinataria de la factura.
Lo mismo se aplica a la dirección. Debe ser una dirección en la que realmente puedan localizarte. Si no quieres facilitar tu domicilio, aclara previamente con una asesoría fiscal qué alternativa está permitida en tu caso. Una dirección inventada o desactualizada hace que la factura sea impugnable y, en caso de duda, retrasa el pago.
Casos especiales en esta profesión
Si utilizas el régimen especial para pequeños empresarios, no indicas el IVA y señalas en su lugar que no se calcula ningún impuesto. Para clientes de otros países de la UE se aplican normas propias, normalmente con una indicación de que el sujeto pasivo es el destinatario.
Las plataformas a menudo no reciben una factura tuya, sino que realizan ellas mismas la liquidación y te envían una autofactura. En ese caso, no emitas otra factura por la misma prestación, ya que se produciría una doble facturación.
Entre empresas nacionales, la factura electrónica en un formato de datos estructurado se convertirá gradualmente en obligatoria. Actualmente, toda empresa debe poder recibirla; para emitirla existen plazos transitorios escalonados y facilidades para las pequeñas empresas. Por eso, un simple archivo PDF no será suficiente de forma permanente en todos los casos. Consulta con una asesoría fiscal o con la Administración tributaria qué fase se aplica a ti.
Para que el pago llegue a tiempo
Emite la factura poco después del rodaje e indica los datos bancarios y el plazo de pago acordado. En las contrataciones realizadas a través de esta agencia, la transferencia se efectúa en un plazo de 14 días; no se admite el pago en efectivo. Redacta la descripción de la prestación de forma objetiva y neutral; los detalles sobre el contenido de la escena no deben figurar en la factura.
Las facturas y los comprobantes deben conservarse durante varios años, también en formato digital. Los plazos legales se modificaron recientemente y debes consultarlos con la Administración tributaria. El artículo Cómo redactar una factura: datos obligatorios y errores frecuentes ofrece una guía detallada con un modelo.
Esta entrada explica los aspectos básicos y no sustituye el asesoramiento fiscal.
¿Una pregunta abierta al respecto?
Los términos explican el qué, pero no siempre el cómo en tu caso concreto. Si quieres saber qué significa exactamente para ti, pregúntanos —no tiene por qué convertirse en una candidatura. Muchas respuestas ya aparecen en las preguntas frecuentes.